BOLETÍN OFICIAL Nº 122 – 25/10/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6027

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26934 PLAN INTEGRAL PARA EL ABORDAJE DE LOS

CONSUMOS PROBLEMÁTICOS”

ARTÍCULO 1.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 26.934 “Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos”.-

ARTÍCULO 2.-El Instituto de Seguros de Jujuy, o la obra social provincial que en el futuro lo reemplace, en consonancia con lo establecido en el Artículo 8 de la mencionada Ley Nacional, deberá brindar gratuitamente las prestaciones para la cobertura integral del tratamiento de las personas que padecen algún consumo problemático, las que quedan incorporadas al Programa Médico Obligatorio (PMO).-

ARTÍCULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Octubre de 2017.‑

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-562/2017.-

CORRESPONDE A LEY N° 6027.‑

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 OCT.2017.-

 

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas; Ministerio de Educación; y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR