LEY NACIONAL Nº 26891

Ley 26891

Declárase Capital Nacional de la Pachamama a la Provincia de Jujuy.

Sancionada: Septiembre 11 de 2013

Promulgada de Hecho: Octubre 2 de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Declárase Capital Nacional de la Pachamama a la provincia de Jujuy, en carácter de sede permanente del culto andino.

ARTICULO 2° — Institúyase el día 1° de agosto para la celebración establecida en el artículo anterior.

ARTICULO 3° — Inclúyese en el calendario turístico nacional a la “Fiesta nacional de la Pachamama”, a realizarse anualmente en la provincia de Jujuy.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.891 —

AMADO BOUDOU. —

JULIAN A. DOMINGUEZ. —
Gervasio Bozzano. —
Juan H. Estrada.