BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 10/08/22

Dra. Lis Valdecantos Bernal Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a JOSE ROMUALDO RAMOS, D.N.I. N° 21.576.748, que en el Expte. N° C-188397/21 caratulado “EJECUTIVO: AGUILAR MAMANI, MARÍA C/RAMOS JOSÉ ROMUALDO”, se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 18 de octubre de 2021.- 1) Téngase por presentada a la Sra. María Aguilar Mamani, D.N.I. Nº 94.553.340, con el patrocinio letrado de la Dra. Elisa Noemí Martínez. Por constituido domicilio legal y por parte.- 2) De conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la parte demandada Sr. José Romualdo Ramos, D.N.I. 21.576.748, por la suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) en concepto de capital con más la suma de PESOS NUEVE MIL ($9.000) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio… 6) Hágase saber a la Dra. Martínez que existen diligencias disponibles para su diligenciamiento.- 7) Notifíquese por cedula.- Fdo. Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez- Ante mí: Dr. Horacio Gustavo Mamani – Secretario.” Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 05 de Julio de 2022.-

 

05/08/10 AGO. LIQ. Nº 29271 $1.350,00.-