BOLETÍN OFICIAL Nº 149 – 21/12/20

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6192

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 27.487 DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DE LA LEY NACIONAL N° 25.080 DE INVERSIONES PARA BOSQUES CULTIVADOS”

ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 27.487 de “Prórroga y Modificación de la Ley Nacional N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados”.-

ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción será Autoridad de Aplicación de la presente Ley y dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para su cumplimiento.-

ARTÍCULO 3.- Invitase a las Municipalidades y Comisiones Municipales a adherir a la presente Ley. –

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de Diciembre de 2020.-

 

Dr. Javier Olivera Rodríguez

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Carlos Alberto Amaya

Vice- Presidente 1°

A/C de Presidencia de Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 0200-265-2020.-

CORRSP. LEY N° 6192.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 DIC. 2020.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Ministerio de Ambiente y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento y, oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR