BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 29/06/20

DECRETO ACUERDO Nº 1185-G/2020.-

EXPTE. Nº   .-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUN. 2020.-

VISTO:

Los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el Poder Ejecutivo Nacional Nº 260/2020, Nº 297/2020, Nº 325/2020, Nº 355/2020, Nº 408/2020, Nº 459/2020, Nº 493/2020 y prórrogas; Leyes Provinciales Nº 6157, Nº 6163, Nº 6169; Decretos Acuerdo Provinciales Nº 696-S-2.020, Nº 750-G-2.020, Nº 762-G-2.020, Nº 792-G-2.020, Nº 804-G-2.020, Nº 961-G-2.020, Nº 1145-G-2.020, normas concordantes y complementarias; y,

CONSIDERANDO:

Que, subsiste un periodo crítico en la protección sanitaria y seguridad de los ciudadanos, por la detección de casos, aún aislados, pero cada vez más numerosos, con la sospecha de circulación local, que justifican continuar accionando en forma efectiva e inmediata, de modo que, con la evaluación integral y consolidada, medidas temporarias puedan limitarse.

En el contexto, se sostiene el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, vigente, concordante con la “Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica” consagrada a partir del Decreto Acuerdo Provincial Nº 696-S-2.020, aún como medida excepcional, de emergencia, por la compleja situación epidemiológica nacional e internacional, frente al imperativo de contrarrestar la propagación del virus SARS-COVID-19 (coronavirus).

Que, existe la decisión inflexible de evitar riesgos al Sistema Público Provincial de Salud.

Por lo expuesto, en uso de facultades que son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Amplíase la vigencia del Decreto Acuerdo Nº 1145-G-2.020, hasta el día domingo 28 de junio de 2.020 inclusive, en todos sus términos y alcances.-

ARTÍCULO 2°.- Dese a la Legislatura Provincial para su ratificación.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Salud, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente, y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR