BOLETÍN OFICIAL Nº 55 – 11/05/20

DECRETO ACUERDO N° 804-G/2020.-

EXPTE. N° 400-  /2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 MAYO 2020.-

VISTO:

La imperiosa necesidad de continuar protegiendo la salud de los habitantes de la Provincia de Jujuy, que impone disponer la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 459/2020; y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Artículo 1° del citado instrumento, dispone prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 24 de Mayo de 2020 inclusive, en razón que las pautas de distanciamiento social revisten un rol de vital importancia para hacer frente a la situación epidemiológica y mitigar el impacto sanitario del COVID-19;

Que el Gobierno Provincial, en consonancia con las disposiciones nacionales, ha implementado numerosas medidas para la contención de la epidemia, entre ellas el dictado del Decreto-Acuerdo N° 792-G-2020, que prorrogaba el plazo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 408/2020 del Poder Ejecutivo Nacional;

Que el escenario actual, de naturaleza cambiante y dinámica, impone ampliar el conjunto de medidas restrictivas de carácter excepcional, minimizando riesgos derivados de la situación de emergencia sanitaria y epidemiológica;

Por, ello en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la prórroga del plazo establecido por el Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 459/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.-

ARTICULO 2°.- Prorrogase, hasta el día 24 de mayo de 2020 inclusive, la vigencia de todos los dispositivos legales dictados con motivo de la emergencia sanitaria y epidemiológica en el territorio de la Provincia de Jujuy, dispuesta por el Decreto-Acuerdo N° 792-G-2020.-

ARTICULO 3°.- Dese a la Legislatura de la Provincia para su ratificación.-

ARTICULO 4°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y pase al Boletín Oficial para su publicación y Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a los Ministros de Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Salud, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR