BOLETÍN OFICIAL Nº 50 – 04/05/07

Icon_PDF_6DECRETO Nº 7230-G.-

EXPTE. Nº 0300-0115-06.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 ENE. 2007.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: Téngase por otorgado el Acuerdo y por aprobado el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Fiscal de Estado, Dr. HUGO OSCAR INSAUSTI, y el CPN GUSTAVO MARCELO APARICIO, DNI N° 20.103.108, quien presta servicio bajo dependencia del Organismo, en funciones de Coordinador del Departamento Contable, con una remuneración mensual de Pesos Mil Setecientos Ochenta ($ 1.780,00), más adicionales que pudieran corresponder, desde el 01 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2006; encuadrando la contratación en las excepciones previstas por la primera y tercera parte del Artículo 7° de la Ley N° 2864/72 y Artículo 2° del Decreto-Acuerdo N° 1022-H-72, cuyo texto corre agregado a fs. 13/14.

ARTICULO 2º: Téngase por otorgado el Acuerdo y por aprobado el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Fiscal de Estado, Dr. HUGO OSCAR INSAUSTI, a los efectos de la contratación del Dr. GUILLERMO MARCELO VERA MOHORADE, DNI Nº 21.665.335, quien presta servicio bajo dependencia del organismo, en funciones de Coordinador del Departamento de Asuntos Legales, con una remuneración equivalente a la suma de PESOS MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 1.780,00), más adicionales que pudieran corresponder, desde el 01 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2006; encuadrando la contratación en las excepciones previstas por la tercera parte del Artículo 7° de la Ley N° 2864/72 y Artículo 2° del Decreto- Acuerdo N° 1022-H-72.

ARTICULO 3º: Téngase por otorgado el Acuerdo y por aprobado el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el señor Fiscal de Estado, Dr. HUGO OSCAR INSAUSTI, a los efectos de la contratación del Dr. DANIEL HECTOR LEMIR, DNI Nº 23.946.623, quien presta servicio bajo dependencia del organismo, en funciones de Coordinador del Departamento de Asuntos Judiciales, con una remuneración equivalente a la suma de PESOS MIL SETECIENTOS OCHENTA ($ 1.780,00), más adicionales que pudieran corresponder, desde el 01 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2006; encuadrando la contratación en las excepciones previstas por la tercera parte del Artículo 7° de la Ley N° 2864/72 y Artículo 2° del Decreto- Acuerdo N° 1022-H-72.

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR