BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 22/05/19

DECRETO N° 9407-DEyP/2019.-

Expte Nº 660-223/2019.- 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAY. 2019.-

VISTO:

El Convenio Programa “Ahora Góndola Jujuy” celebrado entre el Banco Macro SA y la Provincia de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 15 de Mayo de 2019, se firmó el Convenio Programa “Ahora Góndola Jujuy”, entre el Banco Macro SA y la Provincia de Jujuy;

Que, a través del citado Convenio, se establece como objetivo establecer beneficios para la adquisición de productos de primera necesidad, mediante el otorgamiento de reintegros sobre el monto de compra en el territorio de la Provincia de Jujuy;

Que, el Programa AHORA GONDOLA, prevé un régimen de reintegro del 50 % (cincuenta por ciento), con tope de Pesos Dos Mil ($ 2000) por cuenta y por mes, para las compras que realicen los consumidores finales, mediante la utilización de tarjeta de débito;

Que, el Convenio se celebra sujeto a la aprobación del Poder Ejecutivo de la Provincia, y entra en vigencia a partir de la publicación del Decreto de aprobación, y será de aplicación exclusivamente para las  operaciones de compra de bienes, los días 22, 29 de mayo, 5 y 12 de junio de 2019;

Que, están comprendidas las compras de alimentos en general, bebidas no alcohólicas y productos de limpieza que se realicen en los comercios adheridos y con tarjetas de crédito Visa emitidas por el Banco, quedando excluidas las que se realicen en los comercios hipermercados, comercios mayoristas, y las efectuadas en forma electrónica o telefónica;

Que, el reintegro se efectuará sobre el cincuenta por ciento (50 %) del monto de la compra, con un tope de Pesos Dos Mil ($ 2.000) por cuenta y por mes; y se acreditará en la caja de ahorros del consumidor, dentro de los diez (10) días hábiles de realizada la compra;

Que, el reintegro será soportado un treinta y tres por ciento (33 %) por la Provincia de Jujuy, un treinta y tres por ciento (33 %) por el comercio adherido, y un treinta y cuatro por ciento (34 %) por el Banco Macro SA;

Que, el Banco deberá informar a la Provincia el monto de las operaciones efectuadas en el marco del programa, verificar el cumplimiento del reintegro del cincuenta por ciento (50 %) sobre cada operación efectuada en el marco del programa, y soportar el treinta y cuatro por ciento (34 %) de las bonificaciones efectuadas a los consumidores;

Que, los comercios adheridos deberán adherirse al Programa Ahora Góndola, soportar el treinta y tres por ciento (33 %) de los reintegros efectuados a los consumidores por las operaciones efectuadas en el marco del programa, y dar a conocer, publicitar la promoción;

Que, las partes no asumen garantías por la calidad, funcionamiento ni responsabilidad alguna por evicción o vicios redhibitorios, siendo los comercios adheridos los responsables exclusivamente frente a usuarios y consumidores en el marco del programa;

Que, Fiscalía de Estado tomo intervención de su competencia a fs. 13;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio Programa “Ahora Góndola Jujuy”, entre el Banco Macro SA y la Provincia de Jujuy, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Por Escribanía de Gobierno procédase a su protocolización.-

ARTICULO 3º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión, cumplido siga a Escribanía de Gobierno, y al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR