BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 24/11/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6038

“DE MODIFICACION DE LA LEY N° 5153 DE ETICA PUBLICA”

ARTÍCULO 1.-Modificase el Inciso c) del Artículo 1 de la Ley 5153 de Ética Pública y su modificatoria Ley N° 5887, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“c) Por sometimiento voluntario a sus normas en cada caso, a los miembros de Cuerpos Colegiados de conducción y control de Asociaciones Gremiales de Trabajadores no Estatales, de Empresarios, de Profesionales, comunitarias, sociales y a toda entidad cuyo objeto sea administrar derechos e intereses colectivos o grupos organizados de personas. En general al cuerpo social en las vinculaciones entre el sector público y los ciudadanos.”

ARTÍCULO 2.-Incorpórase como Inciso o) del Artículo 4 de la Ley 5153 de Ética Pública y su modificatoria Ley N° 5887 el siguiente texto:

“o) Los integrantes electos de los órganos de conducción de las asociaciones sindicales que perciban aportes de empleados públicos provinciales y municipales y aquellos que tengan facultades de disposición y/o control sobre la administración del patrimonio sindical.”

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Noviembre de 2017.‑

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Carlos Alberto Amaya

Vice-Presidente 1°

A/C de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-725/17.-

CORRESP. A LEY N° 6038.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  23 NOV. 2017.-

 

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente;  Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR