BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 22/11/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6029 (MODIFICADA POR LEY Nº 6039

“DESAFECTAR DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y TRANSFERIR AL DOMINIO PUBLICO DEL PODER JUDICIAL DE JUJUY, UN INMUEBLE UBICADO EN CIUDAD PERICO” 

ARTÍCULO 1.-Desaféctese del dominio público de la Municipalidad de Perico la fracción de inmueble individualizada catastralmente como Padrón B-413, Circunscripción 2, Sección 1, Manzana 12, Parcela 1, ubicado en el Barrio Centro de Ciudad Perico, aprobado según Plano de Mensura de Desafectación de Espacio Verde ( N° 16312) de la Dirección Provincial de Inmuebles, y con una superficie de 1.062,03m2.-

ARTÍCULO 2.-Transfiérese a favor del Poder Judicial de Jujuy y con cargo a la construcción y funcionamiento de oficinas públicas (defensorías, fiscalías y/o juzgados), la fracción de inmueble desafectado por el Artículo precedente.-

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de Noviembre de 2017.‑

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-688/17.-

CORRESP. A LEY N° 6029.‑

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR