BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 02/06/23

RESOLUCION GENERAL Nº 1646-DPR/2023.-

San Salvador de Jujuy, 30 de mayo de 2023.-

VISTO:

La Resolución General Nº 1.635/2.022, Resolución General de la Comisión Arbitral Nº 13/2.022 y la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 7/2.023, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución General Nº 1.635 se establecen las fechas de vencimiento de los tributos provinciales para el periodo fiscal 2.023, las que coinciden, en lo que respecta al impuesto sobre los ingresos brutos del régimen de Convenio Multilateral, con los vencimientos establecidos por la Comisión Arbitral mediante Resolución General Nº 13/2.022.

Que, la Resolución General CA Nº 13/2.022 estableció, en su artículo 2º, que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2.022, operará junto a los vencimientos establecidos para el anticipo 4 del período fiscal 2.023, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.

Que, ésta Dirección en la Resolución General Nº 1.635 dispuso en su artículo 4º los vencimientos para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2.022 en idénticos plazos que la Resolución General CA Nº 13/2.022.

Que, en fecha 15 de mayo de 2.023, la Comisión Arbitral  emitió la Disposición de Presidencia Nº 7/2.023, en la que estableció que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2.022 operará el día 30 de junio de 2.023, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme lo establecido en la Resolución General CA Nº 10/2.019.

Que, por ello y en uso de las facultades acordadas por el artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5.791/2.013 T.O. 2.022;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Modifícase el Artículo 4º de la Resolución General Nº 1.635/2.022, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 4º.- Los contribuyentes locales comprendidos en las Categorías A y B deberán presentar la Declaración Jurada Anual –Formulario IB-203W–, en las siguientes fechas:

 

CUIT (terminación) Vencimiento
0 y 1 20/04/2.023
2 y 3 21/04/2.023
4 y 5 24/04/2.023
6 y 7 25/04/2.023
8 y 9 26/04/2.023

 

Los contribuyentes comprendidos en la Categoría C de Convenio Multilateral deberán presentar la Declaración Jurada Anual- Formulario CM05- correspondiente al periodo fiscal 2.022 en las siguientes fechas:

 

CUIT (terminación) Vencimiento
0 a 2 30/06/2.023
3 a 5 30/06/2.023
6 a 7 30/06/2.023
8 a 9 30/06/2.023

 

Sin perjuicio de ello, en caso de corresponder, deberán presentar en las fechas señaladas el Formulario IB-206W Declaración Jurada de Ingresos y Certificación de Base Imponible.”

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-

 

Analía Correa

Directora