BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6347

“DE AFECTACIÓN DE TERRENO EN PERICO PARA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA”

ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Artículo 2 de la Ley Nº 5219, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º.- Del inmueble referido en el artículo anterior deberá desagregarse una fracción de cinco (5) has. que por la presente se afecta al Ministerio de Educación para la construcción de edificios escolares”.

ARTÍCULO 2º.- Deróguese toda disposición contraria a la presente.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Diciembre de 2022.-

 

Cont. Pub. José M. Montiel

Secretario Administrativo

a/c Secretaria Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Adolfo Fabián Tejerina

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-505/2022.-

CORRESP. A LEY Nº 6347.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,  27 DIC. 2022.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Educación; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR