BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 28/12/22

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6345

“DE LA DESAFECTACIÓN DEL DOMINIO DE ESTADO PROVINCIAL, PARA AFECTAR AL DOMINIO DEL ESTADO MUNICIPAL DE SAN PEDRO Y DE LA ESPERANZA A UN TRAMO DE LA RUTA PROVINCIAL 56 Y DOS TRAMOS DE LA RUTA PROVINCIAL 38”

ARTÍCULO 1º.- Desaféctese de dominio público del Estado Provincial y en consecuencia aféctese al dominio público de la Municipalidad de San Pedro de Jujuy, el tramo de la Ruta Provincial Nº 56 que se extiende desde el Acceso Sur a San Pedro, más precisamente desde la salida de distribuidor del puente sobre el Río Grande a la altura de Base Regional de Manejo del Fuego, hasta el cruce con vías del Ferrocarril Belgrano.-

ARTÍCULO 2º.- Desaféctese de dominio público del Estado Provincial y en consecuencia aféctese al dominio público de la Municipalidad de San Pedro de Jujuy, el tramo de la Ruta Provincial Nº 38, que se extiende desde Acceso Este de San Pedro de Jujuy, desde las vías del Ferrocarril Belgrano hasta el límite jurisdiccional con La Esperanza.-

ARTÍCULO 3º.- Desaféctese de dominio público del Estado Provincial y en consecuencia aféctese al dominio público de la Municipalidad de La Esperanza, el tramo de la Ruta Provincial Nº 38, que se extiende desde el límite jurisdiccional de San Pedro de Jujuy hasta la Plaza principal a la altura del Hospital de la ciudad.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y a las Municipalidades de San Pedro de Jujuy y La Esperanza.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Diciembre de 2022.-

 

Cont. Pub. José M. Montiel

Secretario Administrativo

a/c Secretaria Parlamentaria

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Adolfo Fabián Tejerina

Vicepresidente 1°

a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-503/2022.-

CORRESP. A LEY Nº 6345.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC.  2022.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda: y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR