BOLETÍN OFICIAL Nº 86 – 03/08/22

MUNICIPALIDAD PERICO

DECRETO Nº 2809-G-2022

Ciudad Perico, 20 de Julio de 2022.-

VISTO:

La Ordenanza N° 1567/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 14/07/2022;

CONSIDERANDO:

Que, el honorable Concejo Deliberante de Perico ha procedido a sancionar la Ordenanza N° 1567/2022, mediante la cual crea el Sub-Programa denominado “CREACION DEL PROGRAMA MUNICIPAL RECICLADO Y TRATAMIENTO DE LOS NEUMATICOS FUERA DE USO (N.F.U)”.

Que, los neumáticos fuera de uso son un gran problema medio ambiental ya que ocupan grandes volúmenes en los rellenos, poseen lenta degradación (más de 600 años), son fuente de contaminación por incendio y emisión de gases y permiten el desarrollo de roedores y mosquitos transmisores de enfermedades como el dengue y zica.

Que, el tratamiento y reciclaje de los neumáticos al transformarlos en materia prima servirá para fabricar nuevos productos con valor ambiental, social y económico positivo.

Que, asimismo es atribución del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver en la forma y condiciones que sean de su competencia todo cuanto atañe a su gestión, respecto de las personas y cosas sometidas a su jurisdicción a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.

Que, conforme lo establecido por el Art, 67 Inc. 23 de la COM, es facultad del Sr. Intendente Municipal, adoptar, gestionar y resolver todo cuanto atañe a su gestión a fin de asegurar el bienestar de la comunidad.

Que, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 67 (inc. 2 y cc.) de la Carta Orgánica de Perico, corresponde;

EL SR. INTENDENTE DEL MUNICIPIO DE PERICO

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 1567/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Perico en fecha 14/07/2022.

ARTICULO 2º.- Comuníquese y remítase copia del presente Decreto y de la Ordenanza promulgada a la Secretaria de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, a la Sub-Secretaria de Desarrollo Productivo, y a la Dirección de Ambiente a los efectos de arbitrar medidas tendientes a realizar las gestiones dispuestas por la norma promulgada.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese al Excmo. Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido que fuera, archívese.-

 

Lic. Luciano Demarco

Intendente