BOLETÍN OFICIAL Nº 120 ANEXO – 22/10/21

DECRETO Nº 4259-ISPTyV/2021.-

EXPTE. Nº 617-655/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 OCT. 2021.-

VISTO:

Las presentes actuaciones, en las cuales por iniciativa de la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, se solicita la aceptación de la donación gratuita de una fracción de un inmueble ubicada en Fcas. Cerrillo, Tafna y Toquero, Departamento Yavi y Santa Catalina, Provincia de Jujuy, efectuada por los Sres. JUANA MARIELA MAIDANA, DNI N° 21.665.464, ROLANDO RAFAEL MAIDANA DNI N° 23.167.442, ROSANA MARÍA DE LOS ÁNGELES MAIDANA DNI N° 23.744.375 y NICOLÁS MAIDANA DNI N° M 5.624.097; y

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 08 de septiembre de 2021, los Sres. JUANA MARIELA MAIDANA, DNI N° 21.665.464, ROLANDO RAFAEL MAIDANA DNI N° 23.167.442, ROSANA MARÍA DE LOS ÁNGELES MAIDANA DNI N° 23.744.375 y NICOLÁS MAIDANA DNI N° M 5.624.097 manifestaron la intención mediante instrumento con firma certificada, de su intención de donar una fracción de un inmueble de su propiedad donde funciona La Corporación para el Desarrollo de la Cuenca de Pozuelos (CO.DE.PO);

Que, inmueble ofrecido tiene una superficie aproximada de 1 has con 3575,79 m2 a disgregarse de un inmueble de mayor extensión individualizado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 1B, Padrón N-2782, Matricula N-3210, ubicado en Fcas. Cerrillo, Tafna y Toquero, Departamento Yavi y Santa Catalina, de la Provincia de Jujuy;

Que, desde la Secretaria de Ordenamiento Territorial y Vivienda, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, se ejecutaron acciones y relevamientos en dicha localidad a pedido la Gobernación, de los cuales surgió la necesidad de la regularización dominial del inmueble que ocupa la institución;

Que, la “Corporación para el Desarrollo de la Cuenca de LIKE Pozuelos”, tiene un importante impacto en la producción de ganado ovino, caprino camélido de la puna jujeña. La misma necesita contar con la regularización dominial del terreno que ocupa a fin de acceder al financiamiento de sus acciones;

Que, por lo anterior se realizaron gestiones ante los titulares dominiales del inmueble a fin de obtener su donación gratuita a favor del Estado Provincial y, permitir con ella, la posterior trasferencia dominial a la Corporación para el Desarrollo de la Cuenca de Pozuelos quien ya detenta la posesión del inmueble;

Que, de la cedula parcelaria incorporada surge que el inmueble se encuentra registrado a nombre de NICOLÁS MAIDANA DNI N° M 5.624.097 y FARFÁN JUANA D.N.I. N° 2.961.763 (fallecida), razón por la cual se adjunta Declaratoria de Herederos y Sobreseimiento dictado por el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3, Secretaria N° 6 en el Expediente N° B-102.321/03, a través del cual se declararon como herederos al Cónyuge Supérstite, Nicolás Maidana y, sus hijos Juana Mariela Maidana, Rolando Rafael Maidana, Rosana María de los Ángeles Maidana;

Que, se encuentran en trámite la aprobación del Plano de Mensura de Fracción y División ante la Dirección Provincial de Inmuebles sobre a la parcela objeto de la donación, cuyas medidas y contenido ya fuera ratificado por los donantes ante la Escribana Publica Silva Beatriz Borda Cabello, titular del Registro Notarial N° 101;

Que, la aceptación de la donación, sus condiciones, la instrucción para su instrumentación a través de Escribanía de Gobierno, son motivos por los que se justifican el dictado del presente;

Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en los dictámenes de Asesoría Legal de la Secretaria Ordenamiento Territorial y Vivienda, como de Fiscalía de Estado, debidamente compartidos por el Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Aceptar la DONACIÓN GRATUITA ofrecida por los Sres. ROLANDO RAFAEL MAIDANA DNI N° 23.167.442, ROSANA MARÍA DE LOS ÁNGELES MAIDANA DNI N° 23.744.375 y NICOLÁS MAIDANA DNI N° M 5.624.097, del inmueble con una superficie aproximada de 1 has con 3575,79 m2 a disgregarse de un inmueble de mayor extensión individualizado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 1B, Padrón N-2782, Matricula N-3210, ubicado en Fcas. Cerrillo, Tafna y Toquero, Departamento Yavi y Santa Catalina, de la Provincia de Jujuy, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Autorizar a Escribanía de Gobierno a otorgar los instrumentos notariales pertinentes a los fines dispuestos en el Artículo 1º.-

ARTICULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese -íntegramente- en el Boletín Oficial y remítase copia certificada a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión y al Tribunal de Cuentas para su conocimiento. Pase a Escribanía de Gobierno a los fines dispuestos en el Artículo 2º del presente Decreto. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR