BOLETÍN OFICIAL Nº 43 ANEXO – 14/04/21

RESOLUCIÓN Nº 1280-TP-2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 ABR. 2021.-

VISTO:

La Resolución Nº 2415-TP-2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Artículo 1º  de  la citada resolución se extendió el plazo indicado en el Articulo 2° de la Resolución Nº 1955-TP/(RG)-2020, en la cual se estableció la obligación de constituir domicilio electrónico en el Sistema de Gestión Electrónica (SIGE) a los sujetos mencionados en los Arts. 14, 31, 32, 33 y 34 y ccdtes. de la Ley N° 4376/88, hasta el 31 de marzo de 2021.-

Que, no obstante la ampliación del periodo otorgado, se advierte el incumplimiento por parte de funcionarios responsables obligados  a constituir domicilio electrónico.-

Que, tratado el presente tema en Reunión Plenaria de fecha 31 de Marzo de 2.021, los Sres. Miembros: Dra. NORA MILLONE JUNCOS -Presidente-, Dra. MARIANA BERNAL -Vocal Letrada I-, Cr. RENE ANTONIO BARRIONUEVO -Vocal Contable I-, Dr. JUAN FRANCISCO BURGOS -Vocal Letrado II- y Lic. JUAN RAMON BRAJCICH -Vocal Contable II-, considerando que a los fines de implementar estos procedimientos sustitutivos resulta imprescindible contar con el registro de la casilla electrónica, disponen ampliar nuevamente el plazo oportunamente otorgado.

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA EN ACUERDO PLENARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Extiéndase el plazo indicado en el Artículo 1°  de la Resolución Nº 2415-TP-2020, hasta el 30 de Abril de 2021.-

ARTÍCULO 2º: Notifíquese y publíquese por un día en el Boletín Oficial.-

 

Dra. Nora Millone Juncos

Presidente

14 ABR. LIQ. Nº 23386 $346,00.-