BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 24/02/21

DECRETO Nº 571-E/2020.-

EXPTE Nº 1084-5-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 FEB. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Créase el Jardín Independiente N° 18 (JI. N° 18), de Segunda Categoría con servicios de Jardín de Infantes de Primer Ciclo, Jornada Simple, ubicado en la ciudad de Libertador General San Martín, Departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Asígnase al Jardín Independiente N° 18 creado por el Artículo 1° el CUE N° 3801022-00, de acuerdo con el Registro de Numeración de Establecimientos de Educación Común de Jurisdicción Provincial.-

ARTICULO 3°.- Asígnese al Jardín Independiente N° 18, la siguiente planta funcional:

Un (1)           Director de 2° Categoría – Nivel Inicial – Jornada Simple

Un (1)           Secretario Docente – Nivel Inicial – Jornada Simple

Seis (6)         Maestra de Jardín – Jornada Simple

Un (1)           Profesor de Educación Física, Nivel Inicial – Jornada Simple

Un (1)           Maestro Especial – Jornada Simple

ARTICULO 4°.- La erogación que demande el funcionamiento del Jardín Independiente N° 18 será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, gírese a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento, echo, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos y archivese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR