BOLETÍN OFICIAL Nº 10 – 25/01/21

DECRETO Nº 1478-S/2020.-

EXPTE Nº 716-1526/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la promoción de la Sra. VICTORIA QUIROGA, CUIL 23­-10941207-4, al cargo categoría 24, Agrupamiento Administrativo, Escalafón General, Ley N° 3161/74, en la U. de O.: R6-01-04 Hospital “San Roque”, a partir del 1 de enero de 2.020, según lo dispuesto por la Ley N° 5502/05 y su Decreto – Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 2°.- La erogación emergente del presente Decreto, se imputará a la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, que a continuación se detalla:

EJERCICIO 2020:

La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ley N° 6149, para la U. de O.: “R6-01-04” – Hospital San Roque, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro – denominada:1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.-

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del art. 3, Anexo I y del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.‑

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la. Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR