BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 24/07/20

DECRETO Nº 877-E/2020.-

EXPTE Nº 1050-173-2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Créase la Unidad Coordinadora Provincial (UCP) – PROMACE bajo la dependencia de la unidad Ministerio de Educación cuyas funciones se detallan en el Anexo que se incorporan como parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, vuelva al Ministerio de Educación. Comuníquese publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

 

ANEXO I

 

Unidad Coordinadora Provincial (UCJ) PROMACE

Tiene la responsabilidad de dirigir, coordinar y supervisar las acciones a realizar por la UCP, propiciando el desarrollo articulado de las mismas, consensuando los aspectos globales de desarrollo e implementación y garantizando la ejecución, el cumplimiento de los presupuestos y la transparencia de las acciones administrativas llevadas a cabo. Dispondrá de las competencias y facultades necesarias para adoptar las decisiones e impulsar las acciones que resulten menester para el adecuado desarrollo del Programa.

 

Sus funciones sustantivas y no limitativas, serán:

  1. Coordinar las actividades relacionadas con la ejecución, monitoreo y evaluación de los resultados del Programa.
  2. Coordinar la preparación del Presupuesto del Programa para el ejercicio subsiguiente y gestionar la inclusión del mismo en el Presupuesto de la Administración Provincial.
  3. Supervisar la ejecución de todos los procesos de licitación, adquisición y contratación.
  4. Supervisar el control contable, financiero y técnico del Programa
  5. Coordinar y supervisar la elaboración de informes para el Banco y las autoridades gubernamentales.
  6. Asegurar el mantenimiento del sistema contable que registre tanto la asignación y ejecución presupuestaria como las transacciones parciales de cada componente y las globales del Proyecto en cuentas separadas de acuerdo al Plan de Cuentas que se acuerde con el Banco.
  7. Diseñar y mantener un sistema de archivo de toda la documentación de Programa.
  8. Diseñar e implementar los mecanismos para el seguimiento y evaluación de componentes, subcomponentes, proyectos, actividades y procesos y para el registro y archivo de la documentación técnica y administrativa
  9. Elaborar los instructivos de aplicación general y los específicos de cada componente, que fueran necesarios para asegurar la homogeneidad en la aplicación de principios y procedimientos, en consonancia con las normas y los acuerdos celebrados con el Banco.
  10. Seleccionar y administrar a los Especialistas técnicos y al personal de apoyo técnico y administrativo necesarios para el funcionamiento de la UCP.
  11. Elaborar términos de referencia (TDR), especificaciones técnicas, presupuestos y demás documentación técnica de las inversiones y actividades a su cargo;
  12. Aprobar los documentos financieros y de gestión del Programa cuando corresponda.
  13. Coordinar la contratación y atender a la auditoria externa del Programa.
  14. Gestionar las solicitudes de desembolso ante el Ministerio de Hacienda de la Provincia de Jujuy.
  15. Contribuir en la elaboración y posteriores modificaciones al MOP.
  16. Coordinar las relaciones con el Banco.
  17. Atender las misiones de seguimiento y monitoreo del Banco.
  18. Reportar periódicamente al titular de la jurisdicción los avances del Programa.
  19. Toda otra función no expresada en los ítems anteriores pero que sea necesaria para llevar a cabo su misión.

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR