BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 10/06/20

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6178

“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 26.743 DE IDENTIDAD DE GÉNERO”

ARTÍCULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 26.743 de Identidad de Género.-

ARTICULO 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial para reglamentar la presente Ley, en un plazo de ciento ochenta (180) días.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Mayo 2020.-

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-130/20.-

CORRESP. A LEY Nº 6178.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 JUN. 2020.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Salud; Ministerio de Desarrollo Humano; Ministerio de Educación; Ministerio de Trabajo y Empleo; Ministerio de Cultura y Turismo; Ministerio de Ambiente; Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR