BOLETÍN OFICIAL Nº 2 ANEXO – 04/01/19

CONCEJO  DELIBERANTE

2018 Año del Centenario de la Reforma Universitaria

ORDENANZA Nº 1306/2018.-

REF. A: Creación del Instituto De Formación Municipal, en el ámbito del Municipio de Ciudad de Perico.-Inic. por el Cjl. Edgardo Sosa Expte Nº 9303/018

VISTO:

La necesidad de plantear un esquema de constante capacitación para el personal , y el Instituto de Formación Municipal,  que a pesar que se plantea como un área transversal dependerá  de la Secretaría de Planificación ,y tendrá la misión de formación y permanente actualización de conocimientos de los Recursos Humanos de la Administración Municipal, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Formación Municipal aparte de brindar cursos específicos en áreas sensibles de servicios y áreas técnicas, también coordinará  actividades de formación de instituciones de Gobierno Provincial con igual misión y función.

Que el Instituto de Formación Municipal, actuara como las bases para la creación en el año 2019 de un área encargada de la Modernización de la Administración Municipal, y que en esta etapa, y como Instituto de Formación Municipal, se abocara a planes y programas de capacitación de Recursos Humanos Municipales,  con la posibilidad de extender esas acciones al sector privado y organizaciones del tercer sector.-

Que es necesario, crear una herramienta de fácil acceso y de bajo costo, para que los empleados municipales y con posibilidades de llegar a la comunidad en general, y que puedan participar en este tipo de actividades de formación.-

Que la administración municipal necesita capacitar al personal en una gran cantidad de oficios y temas y en muchas ocasiones la imposibilidad de participar presencialmente coarta los deseos de algunos empleados.-

Que la propuesta de creación de un “Instituto de Formación Municipal “ puede contar con un “ Campus Virtual de Formación “,  el que sería el  primero en un Municipio de la Provincia, y se enmarca en un proceso de planificación institucional en el cual se dará prioridad a la capacitación como forma de fortalecer la administración pública municipal y la formación de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), promoviendo para ello el uso de estrategias innovadoras y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC`s).-

Que la creación de un Instituto de Formación Municipal y su Campus Virtual, obedece a las prioridades de estos tiempos para los Municipios Modernos, y  relacionadas con el impulso de políticas institucionales que tiendan a fortalecer los lazos con la comunidad, como así también a la modernización del Estado local, permitiendo poner en marcha una herramienta de formación y capacitación que ofrece modalidades de estudio semi-presenciales o a distancia a través del uso de Internet.-

Que la plataforma virtual tiene también como propósito profundizar las actividades de intercambio de información, comunicación, trabajo en red y Administración de recursos entre las diferentes dependencias municipales, puesto que a partir de ella podrán organizarse espacios virtuales institucionales donde los actores intervinientes de las diferentes áreas de gobierno puedan interactuar, intercambiar opiniones y líneas de acción, y debatir políticas públicas.-

Que el Instituto de Formación y su Campus  Virtual se constituirá en una herramienta estratégica para el Municipio, y su objetivo primario será la de generar cursos de capacitación a la comunidad.

Que es intención de la Secretaría de Planificación  es avanzar en la certificación y acreditación de los cursos de capacitación que se dicten a través del Instituto y el Campus Virtual a través de la firma de convenios de colaboración con instituciones universitarias, colegios profesionales, etc.-

Que en lo que respecta a los empleados municipales, el contar con una plataforma de capacitación, permitirá desarrollar capacidades institucionales destinadas a la actualización y adquisición de competencias técnicas y profesionales tendientes a mejorar tanto su desempeño como los servicios que la comuna presta a la comunidad.-

Que una capacitación de calidad de los empleados municipales contribuirá al desarrollo de nuevas capacidades y al cumplimiento de la misión asignada, lo que redundará sin dudas en la mejora de los servicios públicos brindados por el municipio.-

Por todo ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Créase en el ámbito de la Administración Municipal el “Instituto De Formación Municipal  “de Ciudad de Perico.-

ARTICULO 2º: El Instituto de Formación Municipal, en esta etapa inicial, tendrá como objetivos:

1.- Capacitar el Recurso Humano Municipal, con el propósito de contribuir a una mejor prestación de los servicios brindados por el Municipio, en diferentes Ámbitos sobre la base del enfoque de competencias laborales.-

2.- Instrumentar una propuesta de capacitación y formación que ofrezca modalidades de estudio (semi – presenciales o a distancia) a través de Internet con una disponibilidad presupuestaria mínima, destinado tanto a los Agentes Municipales como a la comunidad en general.-

3.- Promover la puesta en práctica de un modelo de capacitación y formación a partir de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC¨s), en particular de una plataforma virtual y la incorporación de técnicas innovadoras de capacitación.-

4.- Impulsar las actividades de intercambio de información, trabajo en red, comunicación y administración de recursos entre las diferentes Dependencias Municipales, promoviendo las competencias transversales y fortaleciendo el rol de los diferentes actores de la Administración Comunal.-

ARTICULO 3º: La Secretaría de Planificación, será la Autoridad de Aplicación del “Instituto de Formación Municipal y el responsable del uso del Campus Virtual del Municipio de Ciudad de Perico. Todas las dependencias municipales deberán brindar el personal especializado que posean para la generación de los cursos de capacitación y formación, el gabinete deberá funcionar en el NAC existente en el CIC 2. En definitiva las diferentes áreas del municipio aportarán los elementos técnicos para el lanzamiento del mismo; el que estará disponible para su utilización por el resto de las Secretarías Municipales, del Honorable Concejo Deliberante y otros Organismos en las que el Municipio tenga participación.-

ARTICULO 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a firmar Convenios de Colaboración con las Universidades, Centros de Estudio e Investigación y Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), con el fin de llevar adelante actividades coordinadas de capacitación, extensión, asistencia profesional y transferencia de tecnología vinculada a las temáticas de formación y capacitación que se brinden desde el Instituto de Formación .-

ARTICULO 5º: El Instituto será las bases necesarias para la creación en el año 2019, de la dependencia denominada Área de Modernización Municipal .

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Publíquese  en Boletín Oficial, Dese amplia difusión, comuníquese a los interesados, a las distintas Secretarias, publíquese. Cumplido. ARCHIVESE.-

 

SALA DE SESIONES, 08 DE NOVIEMBRE DEL 2018

 

Carlos Néstor Caliva

Presidente

Concejo Deliberante Municipalidad de Perico